¿Qué son las Cesantías?

Son un beneficio legal al que tiene derecho todo trabajador con un vínculo laboral.

¿Qué debo conocer sobre las Cesantías?

  1. Corresponden a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si el periodo es menor a 12 meses.
  2. Tu empleador debe consignar cada año, tus Cesantías a un Fondo de Pensiones y Cesantías, como Porvenir.
  3. Si tienes un salario integral o un contrato por prestación de servicios, el empleador no está obligado a reconocer las Cesantías.
  4. ¿Quiénes tienen derecho a Cesantías?
    • Trabajadores Dependientes: personas vinculadas mediante contratos de trabajo verbales o escritos.
    • Trabajadores Independientes: personas naturales que no cuentan con un contrato laboral o personas que trabajan en su propia empresa.

¿Cómo se calcula el valor de las Cesantías?

Las Cesantías se calculan mediante la fórmula (Días laborados x Salario / 360 días), el auxilio de transporte deberá ser tomado como parte del salario para realizar la liquidación de Cesantías.

¿Qué son los intereses de Cesantías?

Son un pago que tu empleador te hace en enero de cada año, correspondiente al 12% anual del valor de tus Cesantías del año anterior, como lo verás en el siguiente ejemplo:

¿Cada cuánto se consignan las Cesantías?

Se consignan anualmente y la fecha máxima para consignarlas es el 14 de febrero.

¿Qué pasa si tu empleador consigna las Cesantías después del 14 de febrero?

El empleador debe reconocerte por cada día de mora el valor de un SMDLV y consignarlo a tu cuenta de Cesantías.

¿Por qué causas puedo retirar mis cesantías?

Puedes retirar tus Cesantías por las siguientes causas, haz clic sobre cada una de ellas para saber qué significan:

Otros conceptos:

Retiro parcial de Cesantías para Ahorro programado o seguro educativo: 

  • Los afiliados podrán retirar sus Cesantías para destinarlas anticipadamente al pago de la educación superior de sus hijos o dependientes
  • Los hijos y dependientes del afiliado que tengan hasta 18 años de edad. 
  • Los hijos y dependientes del afiliado con edades entre 18 y máximo 25 años, cuando el padre o madre se encuentren efectuando los aportes y/o hayan adquirido el seguro y/o producto de ahorro programado para el pago de estudios superiores técnicos o profesionales en instituciones debidamente reconocidas por la ley, y certificadas por la autoridad competente. 
  • Los hijos y dependientes del afiliado mayores de 25 años que se encuentren en situación de dependencia originada en factores físicos o psicológicos debidamente certificados por la autoridad competente

Requisitos para retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo: 

  • Certificado de existencia  de la entidad con la que se contrató el ahorro programado o seguro educativo 
  • Copia de contrato suscrito o póliza del seguro 
  • Copia de la factura o cuenta de cobro con destino a la entidad con la que se contrató el servicio 
  • Registros civiles o declaraciones extra juicio 
  • Certificado expedido por la autoridad competente que determine los factores físicos o psicológicos que originan la dependencia cuando sea el caso. 

 
Retiro para acciones de propiedad del estado

Las personas naturales podrán retirar sus Cesantías acumuladas con el objeto de adquirir acciones de propiedad del estado.

Requisitos para retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo: 

  • Carta solicitud de retiro del afiliado 
  • Consentimiento del empleador a través de: a. Carta del empleador donde informa el retiro o b. Confirmación telefónica donde el empleador es conocedor del trámite de retiro por parte de su empleado
  • Comprobante de adjudicación
  • Certificación de su vínculo como ex trabajador con la empresa del estado que está adjudicando las acciones estatales. 

Deberías saber

Según la ley, las Cesantías pueden ser embargadas hasta un 50%, por divorcio (liquidación conyugal), para cubrir pensiones alimenticias por orden judicial, créditos a cooperativas y sucesión por muerte.

No obstante, si por orden judicial se solicita el embargo del 100% de las Cesantías, Porvenir realizará dicha aplicación.

Para proceder al desembargo de Cesantías el juzgado deberá emitir un oficio en el cual autorice el levantamiento del mismo, de lo contrario cada vez que realices una solicitud de retiro de Cesantías se te descontará el valor o porcentaje que el juzgado ordeno embargar.

Auxilio monetario

Es un ahorro que puedes utilizar durante la etapa en la que quedes desempleado. Haz clic aquí para conocer más

¿Cómo puedes administrar el ahorro de tus Cesantías?

Cada afiliado tiene objetivos diferentes con el ahorro de las Cesantías, por ello te vamos a contar sobre los Portafolios de Cesantías.

En Cesantías existen dos portafolios: Portafolio Corto Plazo y Portafolio Largo Plazo; tú decides cómo distribuirlas: solo en un portafolio o combinarlos, de acuerdo con tus objetivos y tu perfil de inversión. Lo ideal es hacer una evaluación del momento en que esperas utilizarlas.

Veamos en detalle en qué consiste cada portafolio

Conoce como Andrea Porvenir tiene claro el tema de las Cesantías y los portafolios:

Portafolios de Cesantías

¿Qué pasa si no has escogido el portafolio para tus Cesantías?

Conoce cómo hacer la distribución de portafolios:

Ingresa aquí con tu usuario y clave, si no los tienes regístrate aquí

En el menú principal encontrarás Movimientos de Fondos, haz clic sobre Selección de Portafolio CES y modifica la distribución de tu portafolio de Cesantías

¿Cuáles son los beneficios de tener tus Cesantías en Porvenir?

  1. Ahorro del 4 x mil en retiros de tus Cesantías: Cuando realices un retiro de Cesantías y solicites que el dinero te lo abonen a tu cuenta del Banco de Bogotá o del Banco de Occidente, te ahorras el 4 x 1.000. Solo es necesario que en la solicitud, indiques que tu dinero sea abonado a alguna de las cuentas de estos bancos.
  2. Descuentos con Porvenir Preferencial: Porvenir Preferencial es un plan de beneficios para nuestros afiliados, a través del cual recibes descuentos en establecimientos comerciales y universidades en todo el país. Ingresa a www.porvenirpreferencial.com.co para conocer los convenios y descuentos.
  3. Administración experta: Tu ahorro en Cesantías, es administrado por un equipo especializado, enfocado en la administración de los recursos, con el objetivo de asegurar los mejores rendimientos sin poner en riesgo tu capital.
  4. Múltiples canales para el retiro de Cesantías:Te ofrecemos diversos canales para retirar tus Cesantías como:
  5. Para el retiro de Cesantías Retroactivas, tenemos disponibles nuestras oficinas y la Línea de Servicio al Cliente.

Fecha de la última actualización: 09/11/2018

Información vigente al: 09/11/2018